Se declara Con Lugar la Apelación interpuesta por la Abogada Dina Giunta de Caridad, Defensa Pública Penal 4º, adscrita a la Unidad de Defensoría Pública de este Circuito Judicial Penal del Edo. Bolívar, con sede en esta ciudad; procediendo en asistencia de la ciudadana procesada YOSCANA CAROLINA AVILEZ VERA, a quien se le sindica la presunta incursión en la comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada por el Tribunal 4º en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, en fecha 27-05-2008, mediante la cual el A Quo declaró dejar sin efecto la decisión que emitiera en fecha 26-05-2008, a través de la cual se decretaba el decaimiento de la medida cautelar privativa de la libertad que pesaba sobre la encausada de marras; manteniéndose por consiguiente la misma. En consecuencia se ANULA conforme a los arts. 49, 26 y 257 Constitucional, y 191 y 195 de la Ley Ad.....