CAPITULO IV
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
PRIMERO: declara de oficio CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en
consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, contentivo de la demanda por
Liquidación de la comunidad conyugal, incoada por el ciudadano José Sinexo
Bolívar, en contra de la ciudadana Noraiza Josefina Fernández, plenamente
identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la parte
actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de
Procedimiento Civil. Líbrese boleta.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dado la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión, en el
copiador de sentencias.
Dada, firmada y sellada en.....