CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero De Primera Instancia Civil, Mercantil, Del Tránsito Y Marítimo Del Segundo Circuito Judicial Del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en base de los argumentos previamente establecidos, declaro:
Primero: se HOMOLOGA LA TRANSACCION, efectuada por ambas partes, ciudadanos: OLIVER AGUIRRE ROJAS, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A, N° 84.124, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LEGA, C.A, firma debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20 de julio del año 2006, anotada bajo el N°66. Del tomo 36-a Pro, domiciliada en Puerto Ordaz, Estado Bolívar, identificada con el Registro de información Fiscal, N° j-316227227, (parte demandante la presente causa), y YOVA.....