este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MARLÍN BEATRIZ HERRERA CRUZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.108.532 sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Municipio Cocorote, sobre los cuales el Tribunal otorga TITULO SUPLETORIO, sobre dichas bienhechurías ubicadas al Final de la Calle 2 o el Castaño, Casa S/N., sector Caja de Agua, Cocorote Municipio Cocorote, Estado Yaracuy