En razón de lo anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 6 Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: No Se Califica la detención en Flagrancia, contra el ciudadano EDUARDO MONTOYA LUIS ORTEGA, por el delito de Porte Ilicito de Arma de Fuego, por cuanto seria contradictorio con la Jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Magistrado Zulueta de Marchan.
SEGUNDO: Se acuerda el Procedimiento Ordinario de Conformidad al Articulo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal 15 días, contados a partir de la Publicación de la Presente decisión. TERCERO: En relación al ciudadano JOSÉ INES LÓPEZ ORTEGA, se Decreta la Libertad Plena, por cuanto de las actas procesales se desprende que no se le encontró el arma de fuego. Regístrese. Notifíquese a las partes la presente decisión.