Por las razones antes expuestas, debe este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declarar la PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA en la presente causa de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES (INDIVIDUAL), presentado por el ciudadano RAFAEL ANTONIO PALACIOS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-8.943.426, debidamente asistido por el ciudadano ALI VERA GONZALEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.911, contra la ciudadana ILSE YUMIL RODRIGUEZ MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-10.391.958 y en consecuencia EXTINGUIDO el proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 15, 242, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.