Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de LEYDA JOSEFINA VEGA VARELA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.512.509, Licenciada en Educación, residenciada en la Urbanización Vista Hermosa Avenida 3 Nº 167, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES O SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YASMIN MARIA MORILLO FRANCO, antes identificada. De conformidad al artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Una vez quede Firme la presente decisión, se ordena su remisión al Archivo Judicia.....