.... se decreta:
MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el Nº 001, ubicado en el manzana Nº 083, sector Nº 007, calle transversal principal con calle Nº 22, urbanización Chaguaramal, Caicara del Orinoco, Municipio General Manuel Cedeño del Estado Bolívar. Esta inmueble esta edificado en una parcela de terreno de propiedad municipal, constante de trescientos setenta y siete metros cuadrados con treinta y cinco centímetros (377,35 M2), comprendida dentro de los siguientes linderos: .....