Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 136, de fecha 30 de marzo de 2017, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído en fecha en fecha 11 de diciembre de 2015, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 721, Tomo I, folios 181 y 182, quedando asentada en el Libro 6 de Registro Civil de Matrimonios del año 2015, suscrita por los ciudadanos: ALEJANDRO ANTONIO OLIVERO STREBE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.014.521 y BARBARA KHAELYM INFANTE REYES, venezolana, mayor de ed.....