DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO seguido en contra del ciudadano FRANKLIN RAFAEL PINEDA BONILLA, venezolano, mayor de edad, natural de Yaritagua, titular de la cedula de identidad N° 16.594.842, de 27 años de edad, nacido en fecha 19-10-1982, oficial de INVITY, residenciado en la Urbanización Tricentenaria, vereda N° 05, casa N° 08, Yaritagua, por la comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 378 encabezamiento del Código Penal; con el agravante Genérico del 217 de Ley Organica Para la Proteccion del Niño y del Adolescente, por Un (01) Año, de conformidad a los Artículos 42 y 43 del Código Orgánico Procesal Penal.