Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por GILBERTO ANTONIO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.585.838, debidamente asistido en este acto por el Abogado en ejercicio EFRAIN JOSE PARRA CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 189.866, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del GILBERTO ANTONIO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.585.838, identificado en autos, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, sobre un lote de terreno constante de mil cuarenta y nueve metros cuadrados con cuarenta c.....