ACUERDA la Colocación Familiar Provisional del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 01 de noviembre de 2010, de trece (13) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 33.922.012 a la Ciudadana YSABEL MARIA COLMENAREZ GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.586.507, en su condición de guardadora de hecho, domiciliada en la Urbanización Chaguantrillo, callejón Culantrillo, casa s/n, Municipio Independencia, estado Yaracuy, quien tendrá la responsabilidad de crianza, así como el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa o se determine otra modalidad de medida protección; en consecuencia, deberá permanecer el adolescente bajo la responsabilidad de custodia de la prenombrada ciudadan.....