Este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por los ciudadanos RAMON RODRIGUEZ, JESUS RAFAEL RODRIGUEZ, ANGEL CUSTODIO RODRIGUEZ y LORENZO VENTURA RODRIGUEZ.