Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
En tal virtud, el ciudadano CARLOS ALBERTO GONZALEZ SUAREZ, antes identificada, tendrá un régimen de convivencia familiar, en beneficio de sus hijos los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de 07, 07, 10 y 12 años de edad respectivamente, donde compartirá con sus hijos antes nombrados, de la siguiente forma: el día sábado de cada semana con dos de los niños desde las 8:00 a.m. hasta las 8:00 a.m. del día domingo, Luego buscará a los otros dos niños desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. del día domingo. De igual manera los niños disfrutaran con sus padres las vacaciones escolares, decembrinas, carnaval y semana santa; a partir del sábado 05 de julio de 2008; queda en acuerdo que desde el momento que el padre reciba a los niños es el único responsable del cuidado y atención de éstos
Publíquese y Regístrese. Déjese Copia Certificada.