III
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, contra la decisión definitiva producida por el Juzgado Segundo de los Municipios, San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de esta Circunscripción Judicial, en fecha 12 de julio de 2005.
En consecuencia, declara CON LUGAR la demanda que por resolución del contrato de arrendamiento, sobre un inmueble, propiedad de la accionante Gloria Celina Méndez de López, identificada supra, ubicado en la Calle 28 entre Avenidas 7 y 8 en esta ciudad de San Felipe, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, intentara contra Enrique Salazar Torres, también identificado.
Al arrendatario deberá entregar el referido inmueble al arrendador.....