Se dictó sentencia declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ESTADO BOLÍVAR contra el ciudadano ENIO AGUSTÍN FARRERAS RIVERO, en consecuencia, se le ORDENA pagar al estado Bolívar la cantidad de seis mil novecientos bolívares (Bs. 6.900,00), en cumplimiento de la sanción de multa impuesta por la Directora de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría del Estado Bolívar el veintitrés (23) de septiembre de 2011 por ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) cuyo acto fijó el monto en bolívares de la sanción tomando en cuenta el valor de la unidad tributaria vigente para la época en la cual ocurrió el hecho sancionado fijándola en la suma referida.