Declara
CON LUGAR la pretensión de reivindicación interpuesta por FRANCISCO RIOS, mayor de edad, extranjero, titular de la cedula de identidad Nro. E-81.542.134 contra el ciudadano PEDRO ALMAO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.627.639. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: A que reivindique o entregue el lote de terreno ubicado en la Avenida 02 entre calles 7 y 8 de la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 02 que es su frente, SUR: Solar y casa que es o fue de Lorenza Andrade, ESTE: Solar y casa que es o fue de Luís Velásquez y OESTE: Solar y casa que es o fue de Ivet Hernández, a su legitimo propietario ciudadano FRANCISCO RIOS, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar vencida de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.
Por cuanto la presente Se.....