En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y consecuencialmente su HOMOLOGACIÓN; a tal efecto, da por CONSUMADO EL CONVENIMIENTO EFECTUADO, como consecuencia de ello, queda NULA LA VENTA de la casa ubicada en el Sector 02, Avenida 14, Casa N° 45 de la Urbanización "Luis Herrera Campins", Municipio Cocorote del estado Yaracuy, edificada en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que mide Ciento Veintiocho Metros Cuadrados (128 mt2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: En Ocho Metros (8,00 mts), con la casa N° 44, de la Avenida 12, su fondo; SUR: En Ocho Metros (8,00 mts), Avenida 14, su frente; ESTE: En Dieciséis Metros (16 mts), casa N° 43, de la Avenida 14, su lateral; y OESTE: En Dieciséis Metros (16,00 mts),.....