DECLARA CON LUGAR el procedimiento de Fijación de Obligación de Manutención, a favor del niño (SE OMITE EL NOMBRE), de xx años de edad formulada por la Ciudadana ANAÍS CAROLINA MÉNDEZ REYES en contra del ciudadano VÍCTOR LUÍS CAMACHO GRATEROL, ambos debidamente identificados en autos y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SESENTA BOLÍVARES (Bs. 60,oo) semanales, monto equivalente al 24,81 % del salario mínimo mensual actual (Bs. 967,50,oo), que el Ciudadano antes mencionado deberá entregar en dinero en efectivo a partir del día treinta del presente mes, a la Ciudadana ANAÍS CAROLINA MÉNDEZ REYES.
Así mismo deberá contribuir con el cincuenta por ciento (50%) para los gastos extras de medicinas, asistencia medica y en el mes de DICIEMBRE, el monto equivalente a cuatro cuotas de la obligación de manutención. No se establece cuota especial para el mes de AGOSTO, toda vez que del niño beneficiado, quien tiene tres (3) años de edad, no con.....