Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta LA DECAIMIENTO DE LA ACCION, por lo que, se declara terminada la causa por haberse extinguido el proceso, y se ordena el archivo del expediente.