Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior, Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoara la ciudadana FANNY DEL VALLE GARCIA VILLARROEL contra el ciudadano MARTIN COROMOTO SALAZAR MARQUEZ, todos plenamente identificados ut supra, en consecuencia queda CONFIRMADA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa, de fecha 17 de febrero de 2016, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora a través de su apoderado judicial en fecha 23 de febrero de 2016