DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: MIGUEL EDUARDO BARRETO MÚJICA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.257.113 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor del niño: (Identificación Reservada) de seis (6) años de edad y de este domicilio, por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 271,00), semanales pagaderos los días viernes de cada semana los cuales entregará directamente a la demandante, previo recibo firmado por ésta y en caso que no los quiera recibir los consignará por ante este juzgado o en la cuenta que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la referida cuota de manutenci.....