Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ateniéndose a la confesión del demandado, conforme al artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda de cobro de bolívares, incoada a través del procedimiento por intimación, interpuesta por el ciudadano AUSTERIO GONZALEZ contra la ciudadana ISABEL FLORES. Así se decide.