IV
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: Keila María Martínez Jaramillo y Alfredo José Rojas, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 16.698.299 y V-6.957.329, respectivamente, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 26 de Diciembre del año 1.997, acta de Matrimonio No. 75, folio 149 al 150, tomo 3-A libro de Registro de Matrimonios del año 1997, por ante el Registro Civil Municipal de Municipio C.....