Es por lo que este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus ELENA MERCEDES GOMEZ, quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.525.031, quien falleció ab- intestato el día 26-11-2023, a consecuencia de Evento Vascular Cerebral, Hipertensión Arterial, tal como se evidencia del acta de defunción Nº 3018, libro Nº 18, del año 2023, emanado del Registro Civil Municipal del Municipio Caroní del estado Bolívar, a los ciudadanos: FRANCISCO JOSÉ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.120.949 (en su condición de hijo de la de Cujus), y los ciudadanos SCARLET CIELOMAR MARCANO ZAMUDIO y AMILCAR JOSMI MARCANO LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-31.933.237 y V-30.365.718 (en representación de s.....