Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN POR PÉRDIDA DE INTERÉS en la ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA,seguida por lasciudadanas LESBIA JOSEFINA ESCALONA y MARÍA GABRIELA DOMÍNGUEZ ESCALONA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.077.274 y V-20.320.139, representadas judicialmente por elAbg.OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ,inscrito en el IPSA bajo el Nº 56.246, en su condición de Defensor Público Primero (1º) con competencia en Materia Agraria, Adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Yaracuy,en contra del ciudadano CÉSAR AUGUSTO DOMÍNGUEZ ANZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V14.607.459, representado judicialmente por elAbg. WILFREDO JOSÉ FUENTES CAMPOS, inscrito en el IPSA bajo el N° 179.435