Vista la anterior demanda, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, una vez revisado como ha sido el libelo de demanda de conformidad con los requisitos exigidos en el articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y constatado que llena los extremos de Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, al INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), en la persona de la ciudadana Ingeniera ANA LUCIA OCHOA MEZA, con domicilio en la siguiente dirección: Av. José Joaquín Veroes, esquina calle 14, Edificio "INVITY", San Felipe Estado Yaracuy, en su carácter de patrono demandado, y en la persona de la Ciudadana Procuradora General del Estado Yaracuy, mediante oficio con copia certificada del libelo de la demanda y del auto de admisión, en la siguiente dirección Avenida 6, al lado del Paseo Guayabal del Estado Yaracuy, a fin .....