Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana EDRIS LEONORA ANGARITA, debidamente asistido por la abogada LEONORA ANGARITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.653, parte demandada en la presente causa, contra la decisión de fecha 13 de junio del 2013, emanada por el referido Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito y Circunscripción.