Se dicto sentencia Nº PJ0832010000400, concediendo AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana: Yamira Josefina Barrio González, ya identificada, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código Civil, concordancia con el artículo 910 del Código de Procedimiento Civil, y por tener la competencia legal requerida por la norma del artículo 177, Parágrafo segundo, literal "E" de la LOPNA, para que en nombre y representación de los derechos de su nombrada hija, proceda a hacer los trámites necesarios para hacer efectivo el cobro de la cuota parte que corresponda a la referida beneficiaria, .