administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del adolescente de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana ANTONIA AQUILINA SEVILLA CHIRINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.482.502, domiciliada en el sector Palmarejo, calle principal, casa S/N, a dos casas del Boulevard Clarisio Olivero, a mano izquierdo, Farriar, municipio Veroes, estado Yaracuy, en beneficio del (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en contra de la ciudadana ANA CAROLINA MALAVE ROSELLON, venezolana, mayor de edad, tit.....