Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no se vulnera derecho ni norma procesal alguna, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, para que la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, nacida en fecha 6 de octubre de 2007, Pasaporte Venezolano Nº 184322156, viaje en compañía de su progenitora, a la siguiente dirección: Calle Coronel ramón Zavala, 462, urbanización Residencial, Santa Anita, Lima-Perú, saliendo el día 21 de febrero de 2024, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en la en la ciudad de La Guaira, estado La Guaira, República Bolivariana de Venezuela, a las 18:50, en el vuelo Nº LA-2449, de la Aerolínea LATAM-AIRLINES, con destino al Aeropuerto Internacional de la ciudad de Lima, República de Perú. La fecha de retorno de la referida adolescente a .....