En consecuencia: el padre cancelará como obligaciones de manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) MENSUALES, distribuidas de forma quincenal, para ser cancelados los primeros cinco días de cada mes. El padre cancelará el 50% de los gastos por medicinas y consultas médicas, requeridos para su hijo. Con respecto a los gastos por concepto de útiles y uniformes escolares, cancelará la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), los cuales serán depositados en la segunda quincena del mes de julio de cada año. Con relación a los gastos decembrinos el padre cancelará la cantidad de MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 1100,00) para los gastos del 24 y 31 de diciembre de cada año, más los regalos en la primera quincena del mes de diciembre de cada año. Los montos señalados, serán cancelados, en depósitos bancarios, en la Cuenta de ahorros por ante BANFOANDES cuya apertura de ordena. la madre se compromete a abrir la cuenta y a darle el numero al obligado alimentista.
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