No obstante, lo indicado anteriormente, se rescata de dicho auto y se reitera que la sentencia recaída en esta causa establece en FORMA CLARA, PRECISA, EXPRESA Y TAJANTE, SIN LUGAR A DUDAS,en su dispositivo del fallo, como debe la agraviantedarle cumplimiento a la misma.
Seguidamente, la mencionada jueza,en oficio N° 0.374, de fecha 21/08/2024, solicitó información sobre si la sentencia de amparo fue interpuesta el dieciséis (16) de abril de 2024 o el 28 de noviembre de 2023. Luego en fecha 21 de agosto de 2024, mediante oficio 0.375/2024, solicita copia certificada del escrito de la acción de amparo constitucional tramitada en esta causa y en oficios 0.378/2024 de fecha 23/08/2024, 0.382/2024 de fecha 29/08/2024,0.383/2024 de fecha 29/08/2024, 0.396/2024 de fecha 04/09/2024, 0.397/2024 de fecha 05/09/2024, 0.398/2024 de fecha 05/09/2024, ratifica los oficios que fue enviando progresivamente,por lo que se hace necesario hacer las siguientes precisiones:
1.- La presente causa está re.....