D E C I S I O N
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente proceso, de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoada por el ciudadano HUGO EDUARDO JIMENEZ PERNALETE, Venezolano, mayor de edad, titular del la cédula de identidad Número: V-14.482.720, abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 90.382, contra los ciudadanos: RAFAEL MARTIN GUTIERREZ y ROSA DE MARTIN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. E-203.533 y 204.707 respectivamente. Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión. Líbrese Boleta.