DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar la apelación interpuesta por la Abog. Olimpia Ruiz de Castro, en su carácter de Defensora Publica Penal Sexta de este Circuito Judicial Penal, con sede en esta Ciudad, procediendo en asistencia técnica del ciudadano MONTAÑEZ FLORES JHONNY en el proceso judicial que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL; tal impugnación ejercida a fin de refutar el fallo que emitiera el Tribunal 1º en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, en fecha 20/07/2009 en ocasión a solicitud de decaimiento de medida peticionada por la precitada defensa publica conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, y mediante el cual el A Quo declara negar lo solicitado, manteniendo po.....