Se ordena el cumplimiento voluntario de la misma; en consecuencia, se ordena oficiar al ciudadano JEAN PIERO EUSEBIO PINO, identificado en autos, a los fines de manifestarle que debe dar fiel y estricto cumplimiento al acuerdo Homologado por este Tribunal en fecha 10/11/2011, en cuento al Régimen de Convivencia Familiar, por lo que se ordena transcribirle el articulo 389-A de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.-