Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara incompetente por razón de la materia para conocer de la presente solicitud de declaración únicos y universales herederos, presentada por la ciudadana OMELIS RAFAELA ROMERO DE ESTANGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.529.365, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos JEOMER LEONARDO ESTANGA ROMERO, JEONER JESUS ESTANGA ROMERO, JEOMAR JOSE ESTANGA ROMERO, JEOMELIS MARIA ESTANGA ROMERO y JESUS VICTOR ESTANGA ROMERO (DIFUNTO), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.402.488, V-16.164.922, V-16.164.909, V-18.885.891 y 18.885.891 y un menor de edad, cuyo nombre se omite conforme a las disposiciones de l.....