Ahora bien, tal como quedó plasmado en autos, la parte demandada no produjo ninguna prueba que demuestre el valor actual que dice tiene el vehículo sometido a embargo preventivo y, por tal motivo, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición al avalúo provisional del vehículo (ya identificado) embargado preventivamente en fecha 5 de octubre de 2010 por el Juzgado Ejecutor de Medidas, previamente identificado. Así se decide.