Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 256 y 263, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 253, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO por la parte actora, ciudadano Nelson Alis Aray Almeida, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-8.464.589, debidamente asistido por el Profesional del Derecho José Miguel Idrogo Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.72.379, en este juicio de cobro de Bolívares, incoado por usted en contra de la ciudadana Cecilia Irene de las Peñas Pascual, plenamente identificada en autos y se procede como en sentencia pasada en autori.....