Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil , así como el artículo 822 del Código Civil Vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana HAYDEE CECILIA BORGES DE MIRABAL, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-3.225.957, falleció en fecha 04/04/2018, a consecuencia de ENFERMEDAD RENAL CRONICA, CANCER RENAL BILATERAL, según certificado de defunción suscrito por el Dr. RAFAEL AGELVIS; al ciudadano JESUS ALBERTO BORGES ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula .....