Este Tribunal en fuerza de las consideraciones expuesta, y Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio contraído por los ciudadanos: CARLOS ALEXIS APONTE FIGUERA Y ROSA YOLINER GARCIA CORDOVA, plenamente identificados, por ante el Consejo Municipal del Municipio Heres, del estado Bolívar, en fecha 30 de julio del año 2004, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 147, folios 22 al 24 del Libro Segundo de Registro Civil de matrimonios llevados por ese despacho en el año 2.004, en consecuencia;
La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue su cónyuge y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias previo el cumplimiento de la normativa legal que regula la materia.-
Liquídese la sociedad conyugal.-
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Ciudad.....