Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE la causa al estado de admisión de la demanda, ordenando la citación de la parte demandada y comisionando al Juzgado de Municipio Gran Sabana del estado Bolívar a fin de que practique la citación del co-demandado JESUS CAMILO ROSALES PAGES. Así se establece.-