DECISIÓN
En consecuencia este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley" NIEGA OTORGARLE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado JOSE RAMÓN MENDOZA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15768547, de conformidad con el Artículo 500 ordinal 3ero. Del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público, a la defensa. Remítase copia de la presente decisión al Director del Internado de la Penitenciaria General de Venezuela, y al Penado. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1
ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN
LA SECRETARIA
ABG. _________________