D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuado por la ciudadana BONITO MARÍA PATRICIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.513.230, con domicilio procesal en la urbanización San Antonio, detrás del Liceo Rómulo Betancourt U.E, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida del abogado CORTEZ CESAR MANUEL inpreabogado N° 217.455, contra el ciudadano CHAVEZ LUIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.728.651, , domiciliado en el municipio Trinidad, casa sin número, frente al cementerio de la parroquia Boraure, estado Yaracuy, en virtud de la incompatibilidad de caracte.....