este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: MARIA DE LA TRINIDAD GARCIA, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad No. 12.938.841, para que pueda cobrar todos y cada uno de beneficio que le correspondan a su hijo el adolescente su hijo (IDENTIDAD OMITIDA SEGUN ARTICULO 65 DE LOPNNA ) venezolano, de 16 años de edad y titular de la cédula de identidad No. 24.941.539, hijo de la solicitante y ""de cujus" FRANCISCO JOSE CRESPO GRATEROL, quien era mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad No. 13.313.712, por lo que podrá proceder a cobrar la cuota parte de la suma de dinero que le corresponde a los niños por su relación laboral, pensión de sobreviviente, pensión de seguro social, cantidades que se encuentren en entidades Ba.....