DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana MARYURY TAMARA BLANCO ROMERO plenamente identificada en autos, contra del ciudadano JOSE LUIS BUENO MUJICA, titular de la cédula de identidad Nº 19.414.411 y considera conveniente fijar la Obligación de Alimentaria en la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) semanales o sea OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,oo) mensuales que el obligado deberá pasar a sus hijas IDENTIDAD OMITIDA, a partir del mes de febrero del presente año (2006), los cuales deberá depositar en la cuenta de corriente que posee este Juzgado en el Central Banco Universal. En el mes de septiembre de cada año, deberá el obligado cubrir todos los gastos ocasionados por sus hijas.....