IV
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil  y  en la sentencia Nº  1070 del 09                      de Diciembre  del  año  2016  de  la  Sala  Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos:           Angélica Lucia Camacho Campos e Yvan Joel Ardon Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 12.003.631 y V-4.936.063, respectivamente, de este domicilio, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial  contraído  en  fecha  01  de Diciembre del año 1.989, acta de Matrimonio No. 818, libro Nº 88, al vuelto del folio 188 al folio 189, del año 1989, por ante el Juzgado de Municipio San.....