Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la Ciudadana BÉLGICA MIROSVAY CHIRINOS MARIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 7.382.282, en su carácter de madre de la ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, nacida en fecha 13 de octubre de 2003, para que pueda proceda a realizar los trámites correspondientes por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, cuentas bancarias, seguros de vida, seguro social, Monte Pío, Ahorro habitacional, pólizas de seguro, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensió.....