Revisadas las actuaciones del expediente y por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a los ciudadanos JOSE GREGORIO BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 22.314.464, ERISMELIA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.320.104, ZENAIDA JOSEFINA MARTINEZ BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.974.982, JOSE ALCIDES MARTINEZ BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.320.102, los adolescentes YOBER ALEXANDER MARTINEZ BASTIDAS, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 22.314.463, YEFERSON JAVIER MARTINEZ BASTIDAS, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identid.....