JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos GIORGE GERMAIN ALVARADO, YORGI NOREXA TORRES ALVARADO, GILBERTO RAMON PARADAS ALVARADO, NORBELIS ELVIRA PARADAS ALVARADO, NEREIDA ROSMIRA PARADAS ALVARADO, ELEANA CAROLINA ALVARADO, ANIBAL RAFAEL PARADAS ALVARADO y RAMON PARADAS PALACIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-12.279.043, V-12.339.983, V-17.612.261, V-17.320.280, V-15.284.650, V-13.314.571, V-18.683.904 y V-7.677.714 respectivamente, en su condición de hijos y concubino de la ciudadana: NEIRA ALVARADO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.971.891, cuyo domicilio lo tenía fijado en la Calle Principal del Sector Camunare Rojo, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy; fallecida en San Felipe, Estado Yaracuy, el día 21 de Diciembre de 2016, según se evidencia en Acta de Defunción Nº 142-01 Folio Nº 142, expedida por la Unidad Hosp.....